I:
OBJETIVOS
1.1 Elegir
democráticamente el municipio escolar de la I.E.P. Domingo De Guzmán para el periodo 2013.
1.2 Ejercitar
las acciones de democracia.
1.3 Estimular
la capacidad de liderazgo de los alumnos.
II: DEL REGLAMENTO ELECCIONARIO
De la confección de listas y otros:
Artículo
1: Las listas de candidatos al municipio escolar de la I.E.P. Domingo de Guzmán, serán confeccionados por los
alumnos que deseen participar.
Artículo
2: La dirección nombrará al profesor asesor del Municipio Escolar 2013.
III: DE LOS CARGOS A CANDIDATEAR
a)
Alcalde
Escolar.
b)
Regidor(a)
de Educación, Cultura y Deporte.
c)
Regidor(a)
de Salud y Medio Ambiente.
d)
Regidor(a)
de Promoción y Servicios.
e)
Regidor(a)
de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente.
IV: DE ELAS
INSCRIPCIONES DE LAS LISTAS
Artículo 3: Al momento de la inscripción los
personeros deber presentar la lista de candidatos y su plan de trabajo con la firma de algún docente que lo
avale.
Artículo 4: Las listas se inscribirán con el
siguiente cronograma:
a.
Inscripción
a partir del 21 de marzo hasta el 03 de abril por secretaria del colegio.
b.
Las
listas podrán elegir un símbolo que lo identifique, el jurado electoral
otorgara el número de acuerdo a su inscripción.
c.
El
Jurado Electoral hará la publicación inmediata de las listas inscritas con el
VB de la dirección.
d.
Las
tachas serán presentadas el 04 de abril por escrito y sustentados ante el
Jurado Electoral hasta las 03:00 p.m. hrs, con las pruebas correspondientes que
fundamenten la necesidad de invalidar una candidatura.
e.
Los
planes de trabajo serán expuestos al día siguiente de su inscripción el la
formación escolar y/o publicada en los paneles o franelógrafos.
f.
Las
elecciones se llevara acabo el día viernes 05 de abril de la siguiente manera:
- De 07:45 a 8:30 Hrs. Votaciones en
la meza de sufragio, instaladas en cada grado, bajo responsabilidad de la mesa
directiva, el tutor y los alumnos designados representantes del 5to grado de
secundaria.
- Inmediatamente se realizará el escrutinio
general a cargo del comité electoral en forma pública.
- A las 14:30 Hrs. Proclamación de la
lista ganadora.
- El día 8 de abril, se hará la
juramentación e imposición de banda del nuevo Alcalde y su plana de Regidores,
en reunión de padres de familia.
V: DE LOS REQUISITOS
PARA SER CANDIDATO
Artículo
5: Requisitos para ser candidatos:
a.
Tener
estancia regular.
b.
Conducta
intachable y rendimiento académico adecuado
c. Adjuntar
un proyecto Político Escolar de factibilidad, de las acciones a realizar y/o
modificar
Artículo 6: No podrán ser candidatos:
a.
Los
alumnos de inicial, por falta de “conciencia política escolar”
b.
Las
listas que no consideren equiparidad de género en sus listas.
c.
El
alcalde del actual Municipio Escolar, practicando el principio de No
reelección; si embargo sí podrá postular en la alguna lista como regidor.
VI: DEL SUFRAGIO
Artículo 7: El día de las elecciones se contará con una mesa por aula,
una cámara secreta y los respectivos miembros de mesa. Apoyaran los respectivos
tutores o profesores de turno.
Artículo 8: Los electores deberán presentar su respectivo documento de
identidad, el mismo que deberá coincidir con las listas proporcionadas por
secretaría académica.
VII: DEL JURADO ELECTORAL
Artículo 9: Estará constituido
por tras alumnos (03), elegidos por la comisión de docentes y los alumnos del
quinto de secundaria, cuya jerarquía será:
-
Presidente:
-
Secretario:
-
Vocal:
Artículo 10: Todos los profesores
están obligados a apoyar moralmente a los alumnos y asesorarlos en sus Planes
de Trabajo, de sobremanera los tutores y los encargados de las áreas de
sociales.
Artículo 11: Las listas de candidatos
deben procurar equiparidad de género.
Artículo 12: son funciones del jurado
electoral son:
-
Convocar,
ejecutar y proclamar a la lista ganadora del Municipio Escolar.
-
Escrutar
las ánforas y elaborar el acta correspondiente.
-
Realizar
el sorteo de los directivos de mesa, para cada curso respectivo.
-
Convocar
a algunos alumnos del 5º de secundaria, para el apoyo en supervisión, y así de
lleve a cabo unas elecciones limpias y transparentes. Los mismos que estarán
debidamente acreditados e identificados.
VIII: DE LOS DIRECTIVOS DE MESA
Artículo 13: Serán elegidos por el
tutor del curso, en número de tres (Presidente, Secretario y Vocal) con sus
respectivos suplentes, los mismos que no podrán renuncias a su cargo.
Artículo 14: Los directivos de las
mesas de votación, junto al tutor, se responsabilizan de la ejecución de las
elecciones por aula y portarán el ánfora con el Acta respectiva al Comité
Electoral.
IX: DE LAS PROPAGANDAS Y DIFUCION
Artículo 15: Las listas postulantes,
podrán publicarse en periódicos murales, empleando solo afiches; también se podrán
repartir panfletos. Se procurará al mismo tiempo, no dañar el ornato de la
Institución y no ofender las buenas costumbres de la comunidad educativa.
Artículo 16: La lista que no respete
los reglamentos del proceso, será eliminada del mismo.
Artículo 17: Las listas postulantes, podrán exponer ámpliamente su plan de trabajo, el las formaciones de entrada matutinas; previa anticipación al profesor encargado de la formación, en ese día.
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